Paridad en el Gobierno de las Universidades públicas

PARIDAD EN EL GOBIERNO DE LAS UNIVERSIDADES PÚBLICAS

  • Autores: Julio V. González García, José Cuesta Revilla, Rafael Grasa
  • Localización: Revista Española de Derecho Administrativo, ISSN 0210-8461, Nº 142, 2009, págs. 225-250

RESUMEN: La aprobación a lo largo del año 2007 de las Leyes Orgánicas 3/2007, de 22 de marzo, para la Igualdad Efectiva de Mujeres y Hombres y 4/2007, de 12 de abril, de modificación de la Ley Orgánica de Universidades imponen conjuntamente un mandato de estructurar un régimen diferente en el acceso a los cargos universitarios, que cumpla con el criterio de que al menos el 40% de sus miembros sea del género menos representado. A partir de esta regla, se estructuran los procedimientos de elección de cargos en el ámbito universitario de forma diferenciada en función de la naturaleza del órgano –electivo o por designación–. Con ello, se compone un cuadro complejo, pero que será respetuoso con las nuevas exigencias de composición de los órganos de gobierno de nuestras universidades.

Paridad en el Gobierno de las Universidades Públicas

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