El “modelo policial” y el independentismo
El Presidente en funciones de la Generalitat de Cataluña ha acusado recibo de las protestas de los grupos que se han venido dedicando en los últimos días a destrozar la ciudad cada atardecer (supuestamente en respuesta por el ingreso en prisión del rapero Hasel), a causa de la “dura” actuación de la Policía autonómica. Ante esa queja ha declarado que, efectivamente urge definir un muevo modelo policial, y esa ha de ser una de las prioridades en los trabajos del nuevo Parlamento catalán.
No hay que ser un lince para comprender que los grupos que protestan (una macedonia de independentistas radicales, jóvenes aburridos o desesperados, antisistemas, delincuentes comunes, etc.) parten del indiscutible principio de que todas sus acciones físicas (casi todas constitutivas de delitos) han de ser respetadas y, ya puestos, protegidas frente a intentos externos de turbar su alegre desarrollo. La Policía, como es lógico y exigible, hace lo posible por impedirlo, y, aun y así, los daños urbanos y de particulares suman ya cifras escandalosas.
Al analizar estos sucesos, como es lógico, se repiten ideas. La primera, que la libertad de expresión, aunque se use para decir barbaridades, nunca puede acabar en delito y cárcel. La siguiente, también tópica, es que nada justifica la violencia destructiva. La tercera, claro está, es la reiterada invocación del derecho de manifestación, como si todo lo sucedido o muy buena parte de ello, gozara de cobertura constitucional. A todo eso se añaden reflexiones sobre las características de los manifestantes y los factores a destacar: edad, desocupación, futuro incierto, privaciones derivadas de la pandemia, la violencia como diversión, y, solo en un rincón no preferente, la preocupación por la libertad de expresión.
Por parte de los “responsables” de algunos Partidos políticos (los que se muestran “comprensivos” con los manifestantes, lamentando de boquilla los excesos, lo importante es que tras la actuación policial está, por supuesto, el Estado español, como causa última, que con su abusiva represión de las libertades ha dado lugar a esta cadena de lamentables sucesos. Esa postura, prescindiendo de que estemos de acuerdo en que las bestialidades que pueda largar un rapero no han de dar lugar a la prisión en ningún caso es un modo hipócrita de no condenar plenamente los hechos y, lo que es peor, de señalar a la Policía como responsable último de ellos.
Ante ese panorama, el Presidente en funciones ( y otros) se lanzan por la senda del ataque a la Policía, de la que algún preclaro y despreciable personaje del mundo independentista ha llegado a decir que los Mossos de Esquadra actúan con el propósito de “influir en la formación del nuevo Govern”, y es amplio el coro de los que se suman a la exigencia del anunciado “nuevo modelo policial”, encabezados por la CUP, que apoya abiertamente las manifestaciones, y que ni siquiera habla de modelo sino que exige, como no, la desaparición de la represión policial. Y no olvidemos la frívola simpatía populista con la que Podemos valora esas ideas.
Llegados a este punto, el espectador supone que los que hablan de modelo policial tienen mínimos conocimientos de Policiología e información sobre la función de la Policía en un Estado de Derecho, y, particularmente, de cuál es la incardinación de la Policía en el sistema constitucional español. Evidentemente, ese enfoque carece de interés en orden a la agitación identitaria y antiespañola, pues de lo que se trata es de organizar una Policía que sintonice con el ideario independentista, pues la coherencia con la Constitución española, a la postre, sería correcta solo desde un derecho “extranjero”.
Lo que encierra la voluntad de configurar un nuevo “modelo policial” es algo bien diferente, que sus promotores no llegan o no se atreven a verbalizar abiertamente, tal vez porque sospechan, con sobrados motivos, que una gran mayoría de la población catalana discreparía de la idea, y me refiero a esa ciudadanía normal, horrorizada por la sistemática violación del orden público que, encima, se dice que ha de ser aplaudida incluso por los que la sufren cada día, si es que son “buenos patriotas”, y eso sin pensar en las personas a las que les han destrozado el negocio o les han quemado el coche en el altar de la libertad de manifestación.
Es verdad, y es grave y lamentable, que una chica haya perdido un ojo a causa del impacto de una pelota de goma, y nada más puedo decir desconociendo las circunstancias del caso, que tendrán que examinarse. Pero lo que no es posible es sostener, a renglón seguido, que eso es fruto de la violencia empleada por la Policía, pues al decir eso ya no se está censurando la grave lesión sufrida por esa persona, sino cuestionando in totum la actividad policial, y esa es una manera como otra de deslegitimar al Estado, aunque la violencia – por lo demás, claramente insuficiente – la haya ejercido la Policía autonómica.
Anticipando una conclusión he de decir que con la expresión “cambio de modelo” se hace referencia a la necesidad de no molestar, haga lo que haga, a nadie que se eche a la calle para manifestarse en contra de todo lo que tenga que ver con el Reino de España o en nombre de la identidad catalana. Han elegido la etiqueta “modelo policial” cuando en realidad se querían referir a la necesidad de formular una especie de “código de buenas prácticas” que garantizara la barra libre a determinados sectores.
Lo más lamentable es el mensaje de que la violencia es cosa propia de forasteros o malos catalanes, porque en la democracia progresista hacia la que inexorablemente camina esta milenaria nación, de la mano de ellos, no habrá necesidad de reprimir, y diciendo eso no se percatan de que niegan la bondad de la existencia misma del Estado. A poco que leyeran sabría que en la conformación del Estado moderno supuso un avance irrenunciable la concentración en los Poderes públicos del monopolio de la fuerza o de la violencia, y esa idea cristaliza en la presencia de la Policía en la Administración pública ( ya sé que también hay policías privadas, pero esa es otra cuestión) y en la declaración que hace el artículo 104 de la Constitución (Las Fuerzas y Cuerpos de seguridad, bajo la dependencia del Gobierno, tendrán como misión proteger el libre ejercicio de los derechos y libertades y garantizar la seguridad ciudadana), artículo incluido entre los relativos al Gobierno y a la Administración Pública.
Ese es un “modelo de Policía”, el constitucional propio de un Estado de Derecho. Hay otros, y Europa los ha conocido en su historia (policías políticas, militarizadas, vinculadas a partidos, integradas por voluntarios) y España ha sido un buen escaparate de variedades, desde la Santa Hermandad o el Santo Oficio hasta el presente en que se han de conjugar la lucha contra la criminalidad de nuestro tiempo y la necesidad de coordinar las Policías existentes ( nacionales, como la Policía Nacional, la Guardia Civil, el Servicio de Vigilancia Aduanera, o autonómicas como la Ertzaintza, los Mossos de Esquadra, la Policía Foral de Navarra, el Cuerpo General de Policía de Canarias, más las Policías Locales y la Policía Portuaria.
Es seguro que tantos Cuerpos policiales han de acoplarse adecuadamente, pero lo que no puede variar es la legislación básica que atañe a los deberes y límites de la función policial, lo cual deriva de la Constitución y, por supuesto, excede a las competencias de las CCAA, las cuales, en el caso de contar con una policía propia ( como Cataluña) podrán intervenir en el cumplimiento de las funciones policiales, pero no redefinir cuáles son éstas, entre las que destaca, lógicamente, la seguridad pública . El art.149-1-29 CE declara competencia exclusiva del Estado la seguridad pública, sin perjuicio de la posibilidad de creación de policías por las Comunidades Autónomas). El TC ha desarrollado el sentido de ese objetivo de garantizar la seguridad pública señalando que las Policías están al servicio de la comunidad para garantizar al ciudadano el libre y pacífico ejercicio de los derechos y libertades que la Constitución y la ley le reconocen , y es un servicio público especializado en la prevención y lucha contra la criminalidad, el mantenimiento del orden y la seguridad.
Se dirá que esas misiones son “obvias”, y los que pretenden establecer un “nuevo modelo policial” tendrán que aclarar si van a “redefinir” funciones, o a “reinterpretar” cuál es el contenido de un derecho fundamental, cual es el de expresión y manifestación. Pero para entrar en ese territorio se debe respetar la doctrina del TC, que, a su vez, coincide con declaraciones supranacionales que no hace falta reproducir. El riesgo de caer en inconstitucionalidad es muy alto, si se quiere configurar un “código de conducta policial” que legitime el uso de la fuerza o la imposición permanente de restricciones que afectan a toda la ciudanía, por citar ejemplos bien conocidos en sitios como Barcelona.
Una última regla de experiencia debe ser tenida en cuenta, y es fácil de imaginar: si los abusos por brutales que sean no dan lugar a consecuencia alguna, la regla que lo permita será criminógena (además de dejar abierta la puerta a las “soluciones privadas” con el peligro que eso tiene ), pero sea cuál sea la norma autonómica que regule cómo y cuando debe actuar la Policía, será incapaz de evitar la comisión del delito de omisión del deber de impedir o perseguir delitos, y, sin ningún género de dudas, en los acontecimientos de los últimos días, en Barcelona y en otras ciudades, los delitos, y la impunidad, han abundado.
Sigamos, pues, con atención, lo que el pensamiento independentista considera que ha de ser un “nuevo modelo”. Quien lo anuncia lo hace para deslizar la promesa de impunidad y manga ancha, y puede que sea una necesidad estratégica. Pero recuérdese el refrán de lo que le sucede al que con niño se acuesta.